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Durante la sesión ordinaria del martes 1 de noviembre, la plenaria de la Asamblea Nacional (AN), en segunda discusión, aprobó la Ley sobre Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células en Seres Humanos, cuyo objetivo es regular procedimientos antes mencionados con fines terapéuticos, de investigación o de docencia en el ámbito nacional, y con base en el derecho a la salud previsto en la Constitución Nacional.
Uno de los puntos críticos de la ley está referido a la donación presunta, donde expresa textualmente que "toda persona mayor de edad, civilmente hábil, a quien se le haya diagnosticado muerte encefálica, se presumirá donante de órganos, tejidos y células con fines terapéuticos, salvo que existiese una manifestación de voluntad que indique lo contrario".
Mientras que la donación condicionada consiste en que toda persona podrá, de manera expresa: manifestar su voluntad negativa a la ablación de los órganos, tejidos y/o células de su propio cuerpo; restringir de un modo específico su voluntad afirmativa de extirpar determinados órganos y tejidos, y condicionar la finalidad de la voluntad afirmativa de realizar una exéresis de uno o más órganos, a los fines previstos en esta ley.
El instrumento jurídico establece el derecho al trabajo, a las personas trasplantadas o que se encuentren en lista de espera para trasplante de órganos, tejidos y/o células, tienen derecho a ingresar o continuar en una relación laboral, tanto en el ámbito público como en el privado.
Está dirigido a incorporar medidas orientadas a solventar la gran deuda social con relación a pacientes receptores de órganos, tejidos o células necesarios para resolver condiciones patológicas y mejorar sus condiciones de salud y vida.
Además, contempla sanciones penales y pecuniarias para aquellos profesionales de la salud y otros que participen en delitos sobre la donación con propósito de lucro; ablación ilegal; otorgamiento de licencias sin requisitos a funcionarias y funcionarios de la salud; incumplimiento de las condiciones en las instituciones, establecimientos y centros de salud, incumplimiento de obligaciones y requisitos médicos; retardo en el reporte de las manifestaciones de voluntad, entre otras penas.
El Ministerio del Poder Popular para la Salud, dentro de sus responsabilidades, tendrá la promoción y regulación de campañas publicitarias de información de servicio público en prensa, radio y medios, orientados a educar sobre la donación de órganos, tejidos y células, invocando y estimulando el más elevado nivel de solidaridad, voluntad, altruismo y responsabilidad social para la donación.
Asimismo, la normativa incluye la creación de la Comisión Nacional de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, cuyo objetivo es el seguimiento, evaluación y propuestas sobre las políticas públicas en materia de trasplante de órganos, tejidos y células.
Durante la sesión ordinaria este martes, la plenaria de la Asamblea Nacional (AN), en segunda discusión, aprobó la Ley sobre Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células en Seres Humanos, cuyo objetivo es regular procedimientos antes mencionados con fines terapéuticos, de investigación o de docencia en el ámbito nacional, y con base en el derecho a la salud previsto en la Constitución Nacional.
Uno de los puntos críticos de la ley está referido a la donación presunta, donde expresa textualmente que "toda persona mayor de edad, civilmente hábil, a quien se le haya diagnosticado muerte encefálica, se presumirá donante de órganos, tejidos y células con fines terapéuticos, salvo que existiese una manifestación de voluntad que indique lo contrario".
Mientras que la donación condicionada consiste en que toda persona podrá, de manera expresa: manifestar su voluntad negativa a la ablación de los órganos, tejidos y/o células de su propio cuerpo; restringir de un modo específico su voluntad afirmativa de extirpar determinados órganos y tejidos, y condicionar la finalidad de la voluntad afirmativa de realizar una exéresis de uno o más órganos, a los fines previstos en esta ley.
El instrumento jurídico establece el derecho al trabajo, a las personas trasplantadas o que se encuentren en lista de espera para trasplante de órganos, tejidos y/o células, tienen derecho a ingresar o continuar en una relación laboral, tanto en el ámbito público como en el privado.
Está dirigido a incorporar medidas orientadas a solventar la gran deuda social con relación a pacientes receptores de órganos, tejidos o células necesarios para resolver condiciones patológicas y mejorar sus condiciones de salud y vida.
Además, contempla sanciones penales y pecuniarias para aquellos profesionales de la salud y otros que participen en delitos sobre la donación con propósito de lucro; ablación ilegal; otorgamiento de licencias sin requisitos a funcionarias y funcionarios de la salud; incumplimiento de las condiciones en las instituciones, establecimientos y centros de salud, incumplimiento de obligaciones y requisitos médicos; retardo en el reporte de las manifestaciones de voluntad, entre otras penas.
El Ministerio del Poder Popular para la Salud, dentro de sus responsabilidades, tendrá la promoción y regulación de campañas publicitarias de información de servicio público en prensa, radio y medios, orientados a educar sobre la donación de órganos, tejidos y células, invocando y estimulando el más elevado nivel de solidaridad, voluntad, altruismo y responsabilidad social para la donación.
Asimismo, la normativa incluye la creación de la Comisión Nacional de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, cuyo objetivo es el seguimiento, evaluación y propuestas sobre las políticas públicas en materia de trasplante de órganos, tejidos y células.
Durante la sesión ordinaria este martes, la plenaria de la Asamblea Nacional (AN), en segunda discusión, aprobó la Ley sobre Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células en Seres Humanos, cuyo objetivo es regular procedimientos antes mencionados con fines terapéuticos, de investigación o de docencia en el ámbito nacional, y con base en el derecho a la salud previsto en la Constitución Nacional.
Uno de los puntos críticos de la ley está referido a la donación presunta, donde expresa textualmente que "toda persona mayor de edad, civilmente hábil, a quien se le haya diagnosticado muerte encefálica, se presumirá donante de órganos, tejidos y células con fines terapéuticos, salvo que existiese una manifestación de voluntad que indique lo contrario".
Mientras que la donación condicionada consiste en que toda persona podrá, de manera expresa: manifestar su voluntad negativa a la ablación de los órganos, tejidos y/o células de su propio cuerpo; restringir de un modo específico su voluntad afirmativa de extirpar determinados órganos y tejidos, y condicionar la finalidad de la voluntad afirmativa de realizar una exéresis de uno o más órganos, a los fines previstos en esta ley.
Uno de los puntos críticos de la ley está referido a la donación presunta, donde expresa textualmente que "toda persona mayor de edad, civilmente hábil, a quien se le haya diagnosticado muerte encefálica, se presumirá donante de órganos, tejidos y células con fines terapéuticos, salvo que existiese una manifestación de voluntad que indique lo contrario".
Mientras que la donación condicionada consiste en que toda persona podrá, de manera expresa: manifestar su voluntad negativa a la ablación de los órganos, tejidos y/o células de su propio cuerpo; restringir de un modo específico su voluntad afirmativa de extirpar determinados órganos y tejidos, y condicionar la finalidad de la voluntad afirmativa de realizar una exéresis de uno o más órganos, a los fines previstos en esta ley.
El instrumento jurídico establece el derecho al trabajo, a las personas trasplantadas o que se encuentren en lista de espera para trasplante de órganos, tejidos y/o células, tienen derecho a ingresar o continuar en una relación laboral, tanto en el ámbito público como en el privado.
Está dirigido a incorporar medidas orientadas a solventar la gran deuda social con relación a pacientes receptores de órganos, tejidos o células necesarios para resolver condiciones patológicas y mejorar sus condiciones de salud y vida.
Además, contempla sanciones penales y pecuniarias para aquellos profesionales de la salud y otros que participen en delitos sobre la donación con propósito de lucro; ablación ilegal; otorgamiento de licencias sin requisitos a funcionarias y funcionarios de la salud; incumplimiento de las condiciones en las instituciones, establecimientos y centros de salud, incumplimiento de obligaciones y requisitos médicos; retardo en el reporte de las manifestaciones de voluntad, entre otras penas.
El Ministerio del Poder Popular para la Salud, dentro de sus responsabilidades, tendrá la promoción y regulación de campañas publicitarias de información de servicio público en prensa, radio y medios, orientados a educar sobre la donación de órganos, tejidos y células, invocando y estimulando el más elevado nivel de solidaridad, voluntad, altruismo y responsabilidad social para la donación.
Asimismo, la normativa incluye la creación de la Comisión Nacional de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, cuyo objetivo es el seguimiento, evaluación y propuestas sobre las políticas públicas en materia de trasplante de órganos, tejidos y células.
Durante la sesión ordinaria este martes, la plenaria de la Asamblea Nacional (AN), en segunda discusión, aprobó la Ley sobre Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células en Seres Humanos, cuyo objetivo es regular procedimientos antes mencionados con fines terapéuticos, de investigación o de docencia en el ámbito nacional, y con base en el derecho a la salud previsto en la Constitución Nacional.
Uno de los puntos críticos de la ley está referido a la donación presunta, donde expresa textualmente que "toda persona mayor de edad, civilmente hábil, a quien se le haya diagnosticado muerte encefálica, se presumirá donante de órganos, tejidos y células con fines terapéuticos, salvo que existiese una manifestación de voluntad que indique lo contrario".
Mientras que la donación condicionada consiste en que toda persona podrá, de manera expresa: manifestar su voluntad negativa a la ablación de los órganos, tejidos y/o células de su propio cuerpo; restringir de un modo específico su voluntad afirmativa de extirpar determinados órganos y tejidos, y condicionar la finalidad de la voluntad afirmativa de realizar una exéresis de uno o más órganos, a los fines previstos en esta ley.
El instrumento jurídico establece el derecho al trabajo, a las personas trasplantadas o que se encuentren en lista de espera para trasplante de órganos, tejidos y/o células, tienen derecho a ingresar o continuar en una relación laboral, tanto en el ámbito público como en el privado.
Está dirigido a incorporar medidas orientadas a solventar la gran deuda social con relación a pacientes receptores de órganos, tejidos o células necesarios para resolver condiciones patológicas y mejorar sus condiciones de salud y vida.
Además, contempla sanciones penales y pecuniarias para aquellos profesionales de la salud y otros que participen en delitos sobre la donación con propósito de lucro; ablación ilegal; otorgamiento de licencias sin requisitos a funcionarias y funcionarios de la salud; incumplimiento de las condiciones en las instituciones, establecimientos y centros de salud, incumplimiento de obligaciones y requisitos médicos; retardo en el reporte de las manifestaciones de voluntad, entre otras penas.
El Ministerio del Poder Popular para la Salud, dentro de sus responsabilidades, tendrá la promoción y regulación de campañas publicitarias de información de servicio público en prensa, radio y medios, orientados a educar sobre la donación de órganos, tejidos y células, invocando y estimulando el más elevado nivel de solidaridad, voluntad, altruismo y responsabilidad social para la donación.
Asimismo, la normativa incluye la creación de la Comisión Nacional de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, cuyo objetivo es el seguimiento, evaluación y propuestas sobre las políticas públicas en materia de trasplante de órganos, tejidos y células.
Durante la sesión ordinaria este martes, la plenaria de la Asamblea Nacional (AN), en segunda discusión, aprobó la Ley sobre Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células en Seres Humanos, cuyo objetivo es regular procedimientos antes mencionados con fines terapéuticos, de investigación o de docencia en el ámbito nacional, y con base en el derecho a la salud previsto en la Constitución Nacional.
Uno de los puntos críticos de la ley está referido a la donación presunta, donde expresa textualmente que "toda persona mayor de edad, civilmente hábil, a quien se le haya diagnosticado muerte encefálica, se presumirá donante de órganos, tejidos y células con fines terapéuticos, salvo que existiese una manifestación de voluntad que indique lo contrario".
Mientras que la donación condicionada consiste en que toda persona podrá, de manera expresa: manifestar su voluntad negativa a la ablación de los órganos, tejidos y/o células de su propio cuerpo; restringir de un modo específico su voluntad afirmativa de extirpar determinados órganos y tejidos, y condicionar la finalidad de la voluntad afirmativa de realizar una exéresis de uno o más órganos, a los fines previstos en esta ley.
Fuentehttp: //www.aporrea.org/
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