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miércoles, 10 de mayo de 2017

LA SALUD ESTÁ SOBRE CUALQUIER INTERÉS POLÍTICO O ECONÓMICO: WILIAM GARZÓN

CÓDIGO DE SALUD PRETENDE CONSOLIDAR LA GARANTÍA DEL DERECHO A SALUD


 El Código de Salud pretende consolidar la garantía del derecho a la salud, en especial, a los Grupos de Atención Prioritaria. Así lo explicó el presidente de la Comisión del Derecho a la Salud, William Garzón, al fundamentar las razones por las que se tramita este cuerpo normativo.

Enfatizó que la norma deja claro que la salud está sobre cualquier otro interés de índole político o económico y resaltó que con el Proyecto se viabiliza el principio constitucional de gratuidad, para que ningún ecuatoriano se quede sin atención.

Explicó que en la actualidad se logró mayor cobertura a la población, se renovó la infraestructura, se aumentó el personal de salud, mejoraron los salarios y se dotó de equipos de alta tecnología, pero que estos avances están en riesgo si no se aprueba este Código. “No se puede volver a un sistema que busca privatizar la salud y abandonar el sistema público como sucedió en las décadas pasadas”, afirmó.

Subrayó que este Proyecto garantiza la gratuidad de la atención de salud y mecanismos para lograrla, viabilidad de veeduría y control social  y que la ciudadanía participe activamente en el cuidado de la salud, como uno de los mejores componentes para que el Sistema funcione de forma correcta.

Garzón, explicó que el Libro I establece disposiciones referentes al Sistema Nacional de Salud. Dispone que la articulación entre todos los actores que tienen que ver con el tema sea la adecuada. Además, pretende lograr que todos los ciudadanos accedan a una atención de salud, independientemente de dónde provengan: trabajadores, policías, militares o cualquier ciudadano serán atendidos, sin importar cuál sea su aporte o situación laboral. "Solo de esa manera se logra una verdadera atención gratuita y con calidad en favor de la ciudadanía", enfatizó.

Este libro también aborda lo referente al talento humano. Garantiza el derecho a la agremiación profesional, no se derogan las normas de colegios profesionales, ni de asociaciones.

El libro segundo contiene el Cuidado Integral de la Salud. El título primero propone normas comunes; ámbito de aplicación, incluyendo los servicios y prestaciones de promoción de la salud; prevención de la enfermedad; recuperación; rehabilitación; y, cuidados paliativos, así como la obligación de los prestadores de salud de facilitar y coordinar la continuidad de la atención del paciente.

Establece obligaciones de instituciones públicas y privadas en diversos ámbitos como el educativo, comunicacional, entre otros, para la promoción y cuidado integral de la salud. El título II, relativo a la promoción de la salud, contiene la normativa general para mejorar las condiciones y calidad de vida de los ciudadanos, alineadas a la política nacional de salud.

El Título V norma lo servicios de salud permite concretar de manera efectiva el cuidado integral de la salud. Incluye los de recuperación,  rehabilitación, cuidados paliativos y de largo plazo; así como los servicios específicos de salud neonatal, mental y psicológica, salud en el trabajo, enfermedades catastróficas y raras,  donación y trasplante de órganos, entre otros.

El Libro III fortalece el rol de control y vigilancia de la Autoridad Sanitaria Nacional, tipifica faltas y sanciones, brindando seguridad jurídica a la ciudadanía al determinar con claridad la capacidad sancionadora del Estado. Además, existen disposiciones generales, reformatorias y derogatorias, que permitirán armonía en toda la legislación. Se ordena un sistema normativo en el que existen leyes que datan incluso de 1930, según Garzón.

Recordó que pasaron nueve años desde que la Constitución de Montecristi, propuso cambios fundamentales y, a pesar de los importantes esfuerzos para concretar esos principios fundamentales, la deuda de este Código sigue pendiente. Manifestó que este Código es uno de los más importantes de los últimos 50 años.

Señaló que el descuido de la legislación en salud es de tal nivel que existen más de 43 normas de diversas materias relacionadas, que se contraponen y otras que están vigentes, pero que en la práctica no cumplen ninguna función.

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