![]() |
| Carlos Velasco señaló que el tema es de gran importancia y que está latente en los centros de salud sexual y reproductiva, es un tema complejo |
En
la Comisión del Derecho a la Salud, Virginia Gómez de la Torre, del
Frente Ecuatoriano por la Defensa de los Derechos Sexuales y
Reproductivos, pidió que se actualice la ley para que se permita a
las mujeres ecuatorianas decidir si continúan o no el embarazo
proveniente de una violación.
Dijo
que en el país hay 3.804.976 mujeres aptas para quedar embarazadas
(fértiles) y “si una de cada cuatro de estas mujeres ha sufrido
violencia sexual, como lo dice el INEC, esto quiere decir que 951.244
han pasado por esta experiencia dolorosa”.
Señaló
que muchas de éstas podrían ser violaciones, con un embarazo como
consecuencia, y se estima que de un 10% a 15% de mujeres violadas
pueden quedar embarazadas.
Precisó
que en el año 2011, se reportaron 1962 denuncias de violación, lo
cual representa 5 violaciones diarias.
“El
Estado ecuatoriano no puede ser ajeno a un problema que afecta a las
mujeres más pobres, más jóvenes, que daña su proyecto de vida y
que también le impide al país continuar una propuesta completa de
enfrentar la violencia sexual”, dijo Virginia de la Torre.
“Las
mujeres que quieren continuar el embarazo que lo hagan, porque no
estamos planteando una política que obligue a las mujeres abortar,
sino una política que proteja a las mujeres, en especial a las más
pobres y jóvenes que son las que sufren este problema”, subrayó.
Por
su parte el presidente de la comisión, Carlos Velasco, señaló que
el tema es de gran importancia y que está latente en los centros de
salud sexual y reproductiva, es un tema complejo, enfatizó el
legislador.
El
aborto puede ocasionar muchas dificultades como la muerte materna,
recalcó, al indicar que se debe generar respuesta a un problema de
política pública.
Anticipó
que la próxima semana mantendrán una reunión de trabajo con la
Comisión de Justicia, con el propósito de analizar los temas de la
mala práctica profesional y la penalización del aborto en el marco
del análisis del Código de Integral Penal y el Código de Salud.
CORPOSOAT
Igualmente
los parlamentarios recibieron los criterios del representante de la
Corporación de Aseguradoras del Seguro Obligatorio de Accidentes de
Tránsito CORPOSOAT, Patricio Salas quien manifestó que existen
actores que prestan el servicio de salud y que bajo el control de la
máxima autoridad de salud, deben cumplir con lo que disponen las
normativas relativas a esta materia.
Indicó
que hay otros actores como Aseguradores y el FONSAT que bajo la
supervisión de la Superintendencia de Bancos y Seguros, deben
cumplir las condiciones del contrato y sus obligaciones de pago, al
destacar que empresas de seguros deben asumir riesgos e indemnizar
económicamente a los beneficiarios cuando el riesgo asumido se
cumple.
Patricio
Salas, aseveró que estas compañías no prestan servicios de salud,
no son establecimientos de salud, no forman parte del sistema
nacional de salud, sino que tienen su propia normativa y están
controladas por la Superintendencia de Bancos y Seguros, entidad que
autoriza su funcionamiento y regula sus actividades.
Por
lo tanto, comentó el funcionario, el Ministerio de Salud no puede ni
debe tener competencias en el ámbito del contrato de seguros, como
es el SOAT, porque las empresas de seguros no prestan los servicios
de salud a las víctimas; además siendo el MSP un importante
prestador de los servicios de salud, no es factible que pueda actuar
como liquidador de las reclamaciones al seguro, pues actuaria como
juez y parte.
Por
último, sostuvo que para fortalecer el SOAT la reforma que se
tramita debería reforzar las competencias de la Autoridad Sanitaria
para normar la prestación de salud y supervisarla con mayor
eficiencia.
RSA/pv

No hay comentarios:
Publicar un comentario
ESCRIBELO, PERO ESCRIBELO PENSANDO