En el taller participan expertos de Costa Rica, Brasil, El Salvador y Chile |
En
el marco del taller de discusión y análisis del primer borrador de la
propuesta de Ley Orgánica General de Salud, el presidente de la Comisión
del Derecho a la Salud, Carlos Velasco, dijo que con el antecedente que
vivimos en sociedades individualizadas de un mundo globalizado la única
respuesta es crear y generar políticas públicas que vayan generando una
respuesta a lo cotidiano, a la gente para incorporar el diálogo de
saberes.
Subrayó
que la Constitución establece que los servicios públicos estatales de
salud son siempre gratuitos y que la actual Ley Orgánica de Salud
reconoce la gratuidad de los programas de salud pero no sus servicios,
por lo que en la propuesta se incorporan dos temas fundamentales: el
derecho de acceso universal a servicios de salud y el acceso gratuito a
los servicios estatales.
Velasco
al señalar que la normativa contiene el diagnóstico de la legislación
en salud; esquema constitucional; derecho a la gratuidad; Sistema
Nacional de Salud; articulación del sistema nacional de salud versus
seguridad social y competencias de gobiernos autónomos, recordó que en
el país existen alrededor de 47 leyes referentes a salud, la más antigua
la Ley de Control de Bebidas Alcohólicas expedida en 1921 y la más
reciente la Ley Orgánica de Salud en el 2006.
Agregó
que existen ocho leyes protegen derechos de grupos de atención
prioritaria, no referentes exclusivamente a salud; 2 leyes generales en
materia de salud y 15 que desarrollan derechos similares a los
contemplados en esas leyes generales. Además varias instituciones
creadas por Ley que ya no están vigentes.
Financiamiento
Dijo
que el Código definirá claramente el alcance de la gratuidad y los
mecanismos de financiamiento para alcanzar este objetivo, lo que se
conseguirá a través de mecanismos de eficiencia en la utilización de
recursos; asignación de cobertura poblacional según territorio y niveles
de atención; mecanismos de cruce de cuentas; incremento de impuestos
especiales para acciones de salud; utilización de fondos de otras leyes
vigentes; ratificar el incremento de las pre asignaciones para salud
establecidas en la Constitución (0,5 del PIB por año hasta alcanzar el
4%). Para este 2011 el Estado aumenta a 392 millones de dólares el
presupuesto para salud, aseguró.
Atribuciones
Indicó
que también se requiere establecer a qué órgano le corresponden las
funciones de Autoridad Sanitaria Nacional; estructurar el Sistema
Nacional de Salud asignando competencias a las instituciones; organizar
las instituciones que se han creado por ley en el ámbito de salud;
determinar aquellas instituciones u organizaciones cuya existencia se
consideren básica dentro del funcionamiento del Sistema Nacional de
Salud para protegerlas de cambios futuros; y, definir con claridad el
papel que tendrán las instituciones “especiales” como la Cruz Roja,
Solca; Junta de Beneficencia de Guayaquil.
Estructura
El
Sistema Nacional de Salud está compuesto por un subsistema de Salud
Pública integrado por el Ministerio de Salud Pública, IESS, FFAA,
Policía y Municipios; un subsistema de salud privado sin fines de lucro
como Solca, Junta de Beneficencia de Guayaquil y Cruz Roja; un
subsistema de Salud privado con fines de lucro y un subsistema de salud
tradicional y alternativo.
Premisas constitucionales
La
normativa propone articular los servicios de la Seguridad Social con
los del Sistema Nacional de Salud, a través de mecanismos jurídico
operativos, por medio de la contratación de servicios de salud
obligatoria.
Competencias de los GAD
El
proyecto establece mecanismos jurídicos operativos con los gobiernos
autónomos descentralizados (GAD) que permitan ampliar y/o fortalecer la
infraestructura sanitaria existente y nueva infraestructura sobre la
base de las necesidades poblacionales; asignar responsabilidades
específicas sobre promoción de salud, prevención y control de
enfermedades, salud ambiental, educación para la salud en el marco de
planificación territorial en miras de fortalecer la atención primaria de
salud como competencia concurrente, asignar competencias a los GAD en
prestación de servicios de salud en el marco de la rectoría de la
Autoridad Sanitaria Nacional y de las políticas definidas por la misma.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
ESCRIBELO, PERO ESCRIBELO PENSANDO