El informe para segundo debate fue aprobado por unanimidad (10 votos) |
La acreditación, la remisión de información, el seguro de vida, el derecho a la educación, becas, la formación de conductores y choferes, el porcentaje de inclusión laboral, crédito preferente, exenciones arancelarias, jubilación a los 25 años de aportación y sanciones, son los temas principales del informe para segundo debate del proyecto de Ley Orgánica de Discapacidades, presentado por la Comisión Ocasional, de la que es parte el Asambleísta del Carchi, Carlos Velasco E.
El proyecto, que contiene 116 artículos, tiene por objeto asegurar la prevención, detección oportuna, habilitación y rehabilitación de la discapacidad y garantizar la plena vigencia, difusión y ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.
La normativa ampara a las personas con discapacidad ecuatorianas o extranjeras que se encuentran en territorio ecuatoriano; así como a los ecuatorianos en el exterior; sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, su cónyuge, conviviente en unión de hecho y a las personas jurídicas públicas y privadas sin fines de lucro, dedicadas a la atención, protección y cuidado de las personas con discapacidad.
Se considera persona con discapacidad a quien como consecuencia de una o más deficiencias vea restringida permanentemente en al menos un 30% su participación o limitada su capacidad para ejercer una o más actividades de la vida diaria.
En informe contempla la creación del Sistema de Protección Integral, en 3 niveles: Consejo Nacional de la Igualdad de Discapacidades; Defensoría del Pueblo; y, Organismos de ejecución de políticas y planes.
Según el proyecto, el empleador público o privado que cuente con un número mínimo de 25 trabajadores está obligado a contratar, un mínimo de 4% de personas con discapacidad, en labores permanentes.
Los empleadores podrán deducir el 150% adicional para el cálculo de la base imponible del Impuesto a la Renta respecto de las remuneraciones y beneficios sociales sobre los que se aporte al IESS por cada empleado contratado con discapacidad. Prevé que el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social otorgará créditos hipotecarios reduciendo en un 50% el tiempo de las aportaciones necesarias para tener acceso a los mismos. En este caso no se exigirá como requisito que las aportaciones sean continuas.
Determina que las personas con discapacidad pagarán una tarifa preferencial del 50% de la tarifa regular en los servicios de transporte terrestre publico y comercial, urbano, parroquial o interprovincial; así como, en los servicios de transporte aéreo nacional, fluvial, marítimo y ferroviario. También tendrán una exoneración del 50%, en los espectáculos públicos. Además existen beneficios respecto al impuesto predial, renta, tarifas notariales, servicios básicos y otros.
Establece, también, que las personas con discapacidad y las personas jurídicas encargadas de su atención, podrán realizar importaciones de bienes para su uso exclusivo, exentas del pago de tributos al comercio exterior, IVA e ICE, de acuerdo a una clasificación.
Las infracciones darán lugar a sanciones pecuniarias, en el siguiente orden: las leves, de 1 a 5 remuneraciones básicas unificadas; graves, de 5 a 10; y, gravísimas de 10 a 15.
AM/pv
Aquí puedes descargar el texto para el segundo debate
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