Para
hoy a las 17h00, está convocada la sesión No. 120 con la finalidad
de integrar las 12 comisiones especializadas permanentes y la
comisión de fiscalización y control político.
La
conformación de las comisiones especializadas permanentes y la de
fiscalización y control político se lo hará según lo establece
los artículos 21 y 22 de la Ley Orgánica de la Función
Legislativa, para el período agosto de 2011 a mayo de 2013. Estos
artículos señalan la temática de las comisiones especializadas
permanentes y la conformación de los integrantes para la Comisión
de Fiscalización y Control Político que será permanente y estará
integrado por 11 asambleístas.
El
artículo 22 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa establece
que los y las asambleístas que integren la Comisión de
Fiscalización y Control Político deberán integrar otras comisiones
especializadas permanentes. Además prevé que los parlamentarios que
integran el Consejo de Administración Legislativa, no podrán formar
parte de la Comisión de Fiscalización y Control Político.
Luego
de conformar las comisiones especializadas, en el plazo de hasta ocho
días siguientes a su integración, las comisiones se integrarán
bajo la coordinación provisional del primer asambleísta designado
para esa comisión, y procederán a la elección, por separado de un
presidente/a y una vicepresidente/a. Si vencido este plazo no se
hubiera elegido a cualquiera de estas dignidades, será el Pleno de
la Asamblea Nacional el que por mayoría absoluta de sus miembros
elija a dichas dignidades, según dispone el artículo 123 de la Ley
Orgánica de la Función Legislativa.
Fuente
JLVN/pv
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