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jueves, 21 de julio de 2011

Nacionales: La presentación del pasado judicial de extranjeros será obligatoria


Fotografía en:www.informateypunto.com
El Gobierno ecuatoriano a través del viceministro de Seguridad del Ministerio del Interior Leonardo Berrezueta informó que ahora los extranjeros que ingresen al país para residir aquí y que sean mayores de 18 años deberán presentar su pasado judicial apostillado y legalizado por el país en que residió durante los últimos 5 años. La medida según el funcionario obedece a que este es un tema de seguridad interna y además por supuestas irregularidades en la entrega de visas “si en el proceso logramos detectar y determinar que la obtención fue fraudulenta, tendremos que revocar esa visa”

Berrezueta aclaró que esta medida no aplica para aquellos extranjeros que se encuentran o llegan al país sin la intención de quedarse a residir definitivamente, “ellos pueden quedarse en el Ecuador hasta 90 días sin ningún inconveniente”.

Por otro lado, también se informó que las compañías o empresas que solicitan la visa 9 IV a favor de un ciudadano extranjero por ser apoderado general, deberá contar con un capital pagado de 25 mil dólares, además de cumplir con requisitos como: los tres últimos pagos del Impuesto del Valor Agregado (IVA), último pago de Impuesto a la Renta, permisos de funcionamiento; del cuerpo de bomberos y del Municipio; certificado de cumplimiento de obligaciones con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y declaración juramentada del domicilio de la compañía con evidencia fotográfica de su espacio físico.

Este cambio según el viceministro se debe a que hay casos en que se crearon empresas de papel para justificar un requisito para obtener la visa, pero los locales que no precisamente son de esas firmas. Muchos de esos capitales pagados no existen y están en activos.

Por ultimo en relación a los matrimonios que se realizaban mediante un poder, manifestó que estos quedaron prohibidos en especial en los casos de personas que buscan visas de migrantes y no tengan una permanencia legal de mínimo12 meses ininterrumpidos en el país.

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