Mañana
jueves 7 de julio a las 09h30am, está convocada la sesión No. 113,
en la que se tratará el Primer Debate del Proyecto de Ley Orgánica
Reformatoria a la Ley Orgánica de Salud, publicada en el Registro
Oficial No. 423 del 22 de diciembre de 2006 (ley No. 67),
Enfermedades raras o huérfanas.
Éste
proyecto tiene por objeto el desarrollar el precepto legal
(constitucional) que defina a las enfermedades catastróficas y
además busca la consideración legal (en ésta definición), a las
enfermedades consideradas raras o huérfanas, que son aquellas
crónicamente debilitantes, graves, que amenazan la vida con una
prevalencia menor de 1 cada 10mil personas. Este tipo de enfermedades
son de muy alto costo y por tal de un impacto económico muy alto
para las familias.
En
el informe preparado por la Comisión del Derecho a la Salud, que
preside el asambleísta Carlos Velasco, introdujo la denominación de
las enfermedades “raras o huérfanas,” a más de las llamadas
“crónico-degenerativas, o hereditarias”, con el fin de no
restringir en la Ley la inclusión de una u otra enfermedad, además
prevé darle a la Autoridad Sanitaria Nacional, que es el Ministerio
de Salud Pública, la facultad de dictar y regular la aplicación de
la normativa para la atención de estas patologías, así como,
dirigir los programas de atención de las mismas.

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