En diez minutos Carlos Velasco expuso el segundo informe de la Ley de Trasplante de Órganos y Tejidos ante el pleno de la Asamblea Nacional |
En
la sesión 82 del Pleno, los asambleístas iniciaron el segundo
debate del proyecto de Ley Orgánica de Donación y Trasplante de
Órganos, Tejidos y Células que tiene por objetivo garantizar el
derecho a la salud y de los ciudadanos, tanto receptores como
donantes, en materia de trasplantes, así como que las condiciones de
vida que alcancen después de un procedimiento de este tipo les
permita tener una mejor calidad de vida.
Carlos Velasco, presidente de la Comisión
de Salud, que inició la presentación proyectando un vídeo
testimonial de Angelita Viteri una de las personas que se beneficio
con un trasplante , señaló que la salud pública no puede seguir
interpretando a la población y a la naturaleza como simples objetos,
sino que se los tiene que comprender como sujetos de interrelaciones,
donde se reconocen otros saberes.
Indicó que la Comisión trabajó este
proyecto con un grupo de trasplantados quienes también asistieron al
debate. La participación de ellos dijo Velasco permitió mejorar el
texto del documento, a la vez que actuaron como veedores para la
aprobación de esta normativa que es la razón de su presencia en
este recinto legislativo; esta ley es un homenaje para todos los
trasplantados y para los que aun están en lista de espera, dijo.
Invitó
a los asambleístas a dar sus opiniones y observaciones para
enriquecer el articulado de esta ley, al enfatizar en varios aspectos
fundamentales del cuerpo legal, en el cual se incluyeron propuestas
generadas en el primer debate.
De
esta manera se promueve la actividad trasplantológica en el país,
así como consolidar el Sistema Nacional Integrado de Donación y
Trasplantes que fortalezca el sistema público y actúe bajo la
rectoría del Estado, a través de la Autoridad Sanitaria Nacional,
garantizando el cumplimiento de los derechos consagrados en la
Constitución y en estricta observancia de las disposiciones
constantes en los tratados e instrumentos internacionales vigentes
sobre el genoma humano, los datos genéticos y la bioética.
Las
disposiciones de la presente ley son de aplicación obligatoria para
todo el Sistema Nacional en los temas referentes al proceso de
donación y trasplantes. Corresponde a la Autoridad Sanitaria
Nacional, en ejercicio de su rectoría, emitir las políticas
públicas relacionadas con el trasplante de órganos, tejidos y
células.
Los
órganos, tejidos y células, independientemente del lugar de su
oblación o extirpación, una vez obtenidos, son responsabilidad de
la Autoridad Sanitaria Nacional, incluyendo su adecuado uso.
Se
crea el Sistema Nacional Integrado de Donación de Trasplantes, que
actuará bajo la rectoría de la Autoridad Sanitaria Nacional. Los
trasplantes de órganos y tejidos solamente podrán realizarse en
hospitales e instituciones de salud que cuenten con la acreditación
de la Autoridad Sanitaria Nacional y por médicos y equipos
acreditados.
La
normativa establece que los ecuatorianos y extranjeros residentes en
el país, mayores de 18 años, pueden manifestar en forma expresa su
voluntad afirmativa, negativa o de restricción respecto de la
donación de sus órganos, tejidos y/o células al momento de
fallecer. En caso de que la persona fallecida no hubiere dejado
consignada, por ningún medio, su negativa a la donación, se
presumirá su consentimiento, a menos que exista oposición expresa
de sus parientes o representantes, de conformidad con la Ley y el
reglamento correspondiente.
El
proyecto contiene 82 artículos, tres disposiciones generales, tres
reformatorias, cinco derogatorias, cinco transitorias y una final.
Otros
temas:
Homenaje
a Edmundo Granda
Carlos Velasco expresó su homenaje al
cuencano Edmundo Granda Ugalde por sus políticas públicas en el
campo de la salud, dijo además que hace mucho tiempo habló
con él de las leyes de salud que son necesarias para el país.
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